La Corte Suprema extendió por dos años la visita extraordinaria de la ministra Romy Rutherford para investigar el fraude en el Ejército. Sin embargo, antecedentes familiares, judiciales y normativos han abierto un debate jurídico sobre imparcialidad, recusación e implicancia en la Corte Marcial, mientras persisten interrogantes en la causa por la desaparición de su hermano, ex agente de la CNI.
Romy Rutherford y la Corte Marcial: dudas sobre imparcialidad judicial

La decisión de la Corte Suprema y la llamada “Ley Rutherford”
Por unanimidad de votos, la Corte Suprema de Chile acordó ampliar en dos años el período de visita extraordinaria de la ministra Romy Rutherford, quien encabeza la investigación penal por el fraude al interior del Ejército, iniciativa que a nivel legislativo y mediático pasó a denominarse como la “Ley Rutherford”.
Esta extensión fue adoptada en enero pasado, al amparo de una ley corta impulsada por el Congreso Nacional, mediante la cual el Pleno del máximo tribunal confirmó su continuidad como miembro integrante de la Corte Marcial, con el objetivo exclusivo de que siguiera dirigiendo y ordenando diligencias en causas vinculadas a presunta apropiación indebida y malversación de fondos públicos, particularmente en el uso de gastos reservados, viajes oficiales y representaciones en el extranjero dentro del Ejército de Chile.
Las causas que remecieron a la institución castrense
Producto de estas investigaciones, oficiales y generales en servicio activo y en retiro han sido procesados y declarados reos, entre ellos los ex Comandantes en Jefe del Ejército Juan Miguel Fuente-Alba y Humberto Oviedo, configurando uno de los escándalos judiciales más graves en la historia reciente de las Fuerzas Armadas.
El debate por la imparcialidad judicial
Pese a la trayectoria profesional de la ministra Rutherford, han surgido antecedentes que —según diversas fuentes jurídicas y periodísticas— podrían poner en entredicho su imparcialidad en los procesos judiciales que actualmente dirige
Antecedentes personales y eventuales causales legales
Entre los elementos que han sido objeto de análisis se encuentran:
- La desaparición de su hermanastro, Luis Guillermo Rutherford, ex oficial del Ejército
- Su pertenencia a la disuelta CNI
- Su eventual vinculación con hechos investigados en la Operación Alfa Carbón (23 de agosto de 1984)
- Versiones no confirmadas sobre gestiones para acceder a la Corte Marcial
Estos antecedentes, según especialistas en derecho procesal, podrían eventualmente configurar causales de implicancia o recusación, figuras expresamente reguladas en el Código Orgánico de Tribunales (COT).
La causa de muerte presunta y sus inconsistencias
Documentos previsionales clave
En el marco de una investigación exclusiva, THE REPORTER , tuvo acceso a documentos incorporados en la causa de muerte presunta seguida ante el 28° Juzgado Civil de Santiago, tribunal donde la propia ministra Rutherford ostenta además la calidad de ministra visitadora.
Los antecedentes incluyen:
- Informe de CAPREDENA (diciembre de 2019)
- Oficio de la Superintendencia de Pensiones (octubre de 2018)



Ambos documentos indicarían que Luis Guillermo Rutherford continuaba recibiendo su pensión e imponiendo regularmente en AFP Provida, incluso después de la fecha fijada judicialmente como presuntiva de su fallecimiento.
La sentencia y el estándar de sana crítica
Tras conocidos estos antecedentes, y pese a oficios y declaraciones de testigos relevantes, el tribunal dictó sentencia el 9 de marzo, fijando como fecha presuntiva de muerte el 29 de diciembre de 2011, sin ordenar diligencias adicionales orientadas a determinar:
- La identidad de quien efectuaba los cobros
- La existencia de un mandato notarial o judicial
- Si los retiros se realizaban desde Chile o el extranjero
Desde la perspectiva jurídica, las reglas de la sana crítica, consagradas en el artículo 426 del Código de Procedimiento Civil, habrían recomendado un estándar probatorio más exhaustivo.
Operación Alfa Carbón y antecedentes históricos
De acuerdo con antecedentes publicados por El Mostrador, Luis Guillermo Rutherford sirvió como agente operativo de la CNI hasta febrero de 1985, recibiendo felicitaciones por su “excelente desempeño” en acciones militares realizadas en 1984, período coincidente con la Operación Alfa Carbón, que culminó con la muerte de militantes del MIR, principalmente en Concepción.
Testimonios rendidos ante el ministro en visita Carlos Aldana Fuentes describen la actuación de un agente cuya descripción física coincidiría, según versiones recogidas, con la del ex oficial hoy desaparecido.



Transparencia, secreto y respuesta del Estado
Solicitud bajo la Ley de Transparencia
El equipo de investigación de THE REPORTER, solicitó al Ejército, invocando la Ley N° 20.285, copia íntegra de la Orden del Día Reservada N° 91 (14 de septiembre de 1984).
La institución respondió que no disponía de dichos antecedentes y derivó la solicitud a la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia.



Reserva legal y Ley 19.123
Mediante Oficio Ordinario N° 228, la Subsecretaría reconoció que la documentación solicitada está sujeta a secreto y reserva, en virtud de la Ley 19.123, norma de quórum calificado que prohíbe su divulgación por 50 años.
Implicancia, recusación e imparcialidad judicial en la ley chilena
La imparcialidad judicial está reconocida:
- En el artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- En el artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos
En el ordenamiento interno:
- Art. 195 N°1 del COT: causal de implicancia por interés personal
- Art. 196 N°17 del COT: causal de recusación por enemistad o resentimiento
- Art. 224 del Código Penal: sanciona la prevaricación
Desde esta perspectiva, expertos consultados sostienen que la sola apariencia de falta de imparcialidad puede afectar la legitimidad de un proceso.
Conclusión – una controversia abierta
Más allá de las versiones y antecedentes aún en revisión, el caso instala un debate estructural sobre los estándares de imparcialidad judicial, especialmente en causas que involucran a las Fuerzas Armadas y delitos de alta connotación pública.
Mientras las investigaciones continúan, la desaparición de Luis Guillermo Rutherford y sus circunstancias siguen siendo un punto ciego, tanto para la justicia como para la opinión pública.
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